La capacidad agrològica clasifica el suelo en función de su capacidad de producción y del riesgo de pérdida
El ICGC y el Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural (DACC) de la Generalidad de Cataluña colaboran en los trabajos de clasificación de la capacidad agrológica de los suelos a partir del programa de cartografía de suelos a escala 1:25.000.
La capacidad agrológica es una forma de agrupar los suelos basada en su capacidad para producir, de forma sostenible, los cultivos más habituales de una zona. Establecer la capacidad agrológica de un suelo equivale, por tanto, a clasificar el suelo en función de su capacidad de producción y del riesgo de pérdida de esta capacidad.
La caracterización de la capacidad agrológica de los suelos permite clasificar cualquier suelo en una de las ocho clases establecidas en el sistema (I-VIII), en función de sus características y del entorno donde está ubicado (Klingebiel y Montgomery, 1961).
Estas clases, inicialmente definidas en el Soil Conservation Service del Departamento de Agricultura de Estados Unidos, han sido adaptadas a las condiciones del estado español (Ministerio de Agricultura, 1974) con una primera adaptación a las condiciones de Cataluña por la Sección de Evaluación de Recursos Agrarios del Servicio de Producción Agraria del antiguo Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca (DARP, 1995) y posteriormente modificadas por DARP-ICGC publicadas como "Especificaciones para la determinación de las Clases de Capacidad Agrológica" en el Anexo 1 del documento DARP (2020).
Leyenda del visor Geoíndex Capacidad agrológica de los suelos [PDF, 135 Kb; catalán]
Última actualitación
- Fecha: Marzo 2024.